Ø Hoy, el H. Congreso
de la Unión aprobó la Miscelánea Fiscal y la Ley de Ingresos de la Federación
para el ejercicio fiscal de 2016.
Ø Se aprobaron
medidas para promover el ahorro y la inversión, así como ajustes para promover
la formalidad y el combate a la evasión fiscal.
Ø El monto total de
recursos aprobados para 2016, incluyendo los ingresos presupuestarios y el
financiamiento, asciende a 4 billones 763 mil 874 millones de pesos, menor en
1.6% a lo aprobado para 2015. Sin el financiamiento, los ingresos públicos
crecen 0.2%. El déficit del sector público presupuestario aprobado es de 0.5%
del PIB, sin incluir la inversión de alto impacto.
Ø Se aprobó que, en
caso de que hubiera remanentes futuros de operación del Banco de México, éstos
serán utilizados para liquidar anticipadamente deuda o reducir el déficit
público.
Hoy, el H. Congreso
de la Unión concluyó la aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para
el ejercicio fiscal de 2016, así como una miscelánea fiscal y modificaciones a
la Ley Federal de Derechos y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.
Miscelánea fiscal
La propuesta de
Paquete Económico para 2016 enviada al H. Congreso de la Unión por el Ejecutivo
Federal incluyó una serie de medidas en materia impositiva para impulsar el
ahorro y la inversión, así como para fomentar la formalización y cumplir con
las obligaciones internacionales del país en materia de combate a la erosión de
la base gravable. El H. Congreso de la Unión realizó diversas modificaciones y
adiciones a las propuestas del Ejecutivo. Las medidas aprobadas por el H.
Congreso de la Unión son las siguientes:
· Se estableció una fórmula para
determinar la tasa de retención a ingresos por intereses que refleje la
evolución de los mercados financieros, dando como resultado una retención de
0.5% en 2016, comparado con una tasa anterior de 0.6%.
· Se permite durante 2016 y 2017 la
deducción inmediata de la inversión para las micro y pequeñas empresas con
ingresos de hasta 100 millones de pesos y las de los sectores de energía e
infraestructura. Asimismo, se establece un crédito fiscal a la reinversión de
utilidades por parte de las empresas.
· Se facultó al SAT para realizar
periódicamente loterías fiscales, así como a realizar estudios que evalúen la
efectividad de diversos programas de promoción de la cultura contributiva.
Adicionalmente, las pequeñas y medianas empresas podrán solicitar al SAT que
comparta su información para que pueda ser empleada en la elaboración de
calificaciones crediticias.
· Se adoptaron diversas medidas para
fortalecer el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF):
Ø Se establece la actualización por inflación
de la tarifa del ISR aplicable a los contribuyentes del RIF.
Ø Se amplía el universo de contribuyentes que
pueden participar al incluir a quienes obtienen ingresos por sueldos, salarios,
intereses y arrendamientos, y a socios de cajas de ahorro y de sociedades
cooperativas; así como a personas con familiares que tributan en el RIF.
Ø Se permite la participación a quienes
adquieren un negocio en marcha de un contribuyente de este régimen.
Ø Se establece en ley el esquema conocido como
“MicroRIF”, en el cual quedan exentos del IVA e IEPS por sus operaciones con el
público en general aquellos contribuyentes del RIF con ingresos menores a 300
mil pesos anuales.
Ø Se establece la obligación al SAT de publicar
el listado de localidades sin acceso a servicios financieros, donde existen
facilidades para la presentación de declaraciones.
· Se establece un régimen fiscal para
pequeños artesanos.
· Con el fin de corregir distorsiones y
facilitar el ajuste a las nuevas disposiciones fiscales se aprobaron las
siguientes medidas específicas:
Ø Se ajusta la definición de pequeño productor
del sector primario para evitar que queden excluidos del beneficio de la
exención del ISR aquellos pequeños productores que no obtienen ingresos
exclusivamente de esta actividad.
Ø Se otorgan facilidades de exención y
comprobación a los ejidos y comunidades agrarias.
Ø Se establece un estímulo complementario para
la inversión en energías renovables y disposiciones para facilitar la inversión
en generación de electricidad.
Ø Se extiende a todos los sectores industriales
el estímulo del diésel.
Ø Se incrementa el límite de inversión en
automóviles deducibles, de 130 mil a 175 mil pesos.
Ø Se incrementa el límite global de las
deducciones personales a 15% del ingreso total con un máximo de 5 salarios
mínimos anuales.
Ø Se excluye del límite global de las
deducciones personales a los gastos médicos que realizan las personas por
afectaciones incapacitantes.
Ø Se reduce de 5 a 3 años el periodo en el que
se puede aplicar la exención del ISR por los ingresos por venta de casa
habitación.
· Para combatir la erosión de la base
gravable se establece un estándar para el intercambio automático de información
de cuentas financieras, y obligaciones de reportes de información sobre precios
de transferencia a empresas multinacionales grandes.
· En materia de gasolinas y diésel, las
modificaciones permiten garantizar una transición ordenada hacia un mercado
liberalizado en 2018. Durante 2016 y 2017, sus precios se determinarán mediante
una fórmula que refleje los precios de sus referencias internacionales.
Asimismo, el impuesto existente se reformula, pasando de un impuesto variable a
un monto fijo que permitirá que las reducciones en los precios internacionales
se traduzcan en menores precios a los consumidores. Para garantizar que la
liberación no resulte en variaciones abruptas en los precios, se establece que
los precios se moverán dentro de una banda que, para 2016, acota a que los
precios puedan bajar o subir en un monto equivalente a la inflación esperada,
lo que garantiza que los precios no se incrementarán en términos reales.
· Se establece que la Auditoría Superior
de la Federación fiscalizará los proyectos de infraestructura de entidades federativas
o municipios que fueron aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación
pero que no estaban incluidos en el proyecto inicial.
Ley Federal de
Derechos
Las modificaciones a
la Ley Federal de Derechos incorporan cuotas por nuevos servicios, simplifican
el marco fiscal y ajustan algunas cuotas de derechos para reflejar cambios
legales. Se establecen derechos por el uso de distintas bandas del espectro
radioeléctrico.
Ley de Ingresos de la
Federación para 2016
Para el ejercicio
fiscal de 2016, el H. Congreso de la Unión aprobó ingresos totales del sector
público —sin considerar los recursos provenientes del financiamiento— por 4
billones 154 mil 633 millones de pesos. Este monto es mayor en 16 mil 928
millones de pesos respecto a la Iniciativa del Ejecutivo Federal, y resulta
mayor en 0.2% en términos reales a lo aprobado para 2015.
Al incorporar los
recursos provenientes de financiamiento, los recursos totales aprobados suman 4
billones 763 mil 874 millones de pesos, monto menor en 1.6% en términos reales
a lo aprobado para 2015. Con respecto a la Iniciativa del Ejecutivo, el
incremento en los recursos totales para 2016 se explica por lo siguiente:
Modificaciones a la
Iniciativa de LIF 2016
- Cambios aprobados
por el Congreso de la Unión -
Conceptos
Millones de pesos
I. Ingresos totales
de la Iniciativa de LIF 2016
4,746,946
II. Incrementos
aprobados por el Congreso de la Unión (1+2)
16,928
1. Mayores ingresos
petroleros
21,632
2. Menores ingresos
no petroleros
-4,704
III. Ingresos totales
aprobados para 2016 (I+II)
4,763,874
Los ingresos
petroleros aprobados son de 884 mil 440 millones de pesos, lo que implica una
reducción real de 28.3% respecto a lo aprobado para 2015. Los ingresos
tributarios no petroleros aprobados son de 2 billones 407 mil 206 millones de
pesos, un monto mayor en 18.7% real a lo
aprobado para 2015.
El déficit del sector
público presupuestario aprobado para 2016 es de 0.5% del PIB, sin incluir la
inversión de alto impacto, presentando una reducción de 0.5% del PIB. Al igual
que en 2015, no se considerará para la meta de balance un monto equivalente a
2.5% del PIB asociado a la inversión de las Empresas Productivas del Estado
(EPEs), así como a proyectos de inversión con alto impacto social y económico o
con fuentes de ingresos propios.
Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
El H. Congreso de la
Unión aprobó dar un fin específico a los recursos provenientes de futuros
remanentes de operación del Banco de México: al menos 70% de los recursos deberán
utilizarse para liquidar anticipadamente o emitir menos deuda, mientras que los
recursos restantes se deberán utilizar para robustecer el Fondo de
Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP) o realizar inversiones
que fortalezcan la posición financiera del Gobierno Federal.
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