sábado, 31 de octubre de 2015

APROBACIÓN DE LA MISCELANEA FISCAL Y LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2016


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Ø Hoy, el H. Congreso de la Unión aprobó la Miscelánea Fiscal y la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2016.

Ø Se aprobaron medidas para promover el ahorro y la inversión, así como ajustes para promover la formalidad y el combate a la evasión fiscal.

Ø El monto total de recursos aprobados para 2016, incluyendo los ingresos presupuestarios y el financiamiento, asciende a 4 billones 763 mil 874 millones de pesos, menor en 1.6% a lo aprobado para 2015. Sin el financiamiento, los ingresos públicos crecen 0.2%. El déficit del sector público presupuestario aprobado es de 0.5% del PIB, sin incluir la inversión de alto impacto.

Ø Se aprobó que, en caso de que hubiera remanentes futuros de operación del Banco de México, éstos serán utilizados para liquidar anticipadamente deuda o reducir el déficit público.

Hoy, el H. Congreso de la Unión concluyó la aprobación de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2016, así como una miscelánea fiscal y modificaciones a la Ley Federal de Derechos y a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Miscelánea fiscal


La propuesta de Paquete Económico para 2016 enviada al H. Congreso de la Unión por el Ejecutivo Federal incluyó una serie de medidas en materia impositiva para impulsar el ahorro y la inversión, así como para fomentar la formalización y cumplir con las obligaciones internacionales del país en materia de combate a la erosión de la base gravable. El H. Congreso de la Unión realizó diversas modificaciones y adiciones a las propuestas del Ejecutivo. Las medidas aprobadas por el H. Congreso de la Unión son las siguientes:

·         Se estableció una fórmula para determinar la tasa de retención a ingresos por intereses que refleje la evolución de los mercados financieros, dando como resultado una retención de 0.5% en 2016, comparado con una tasa anterior de 0.6%.

·         Se permite durante 2016 y 2017 la deducción inmediata de la inversión para las micro y pequeñas empresas con ingresos de hasta 100 millones de pesos y las de los sectores de energía e infraestructura. Asimismo, se establece un crédito fiscal a la reinversión de utilidades por parte de las empresas.

·         Se facultó al SAT para realizar periódicamente loterías fiscales, así como a realizar estudios que evalúen la efectividad de diversos programas de promoción de la cultura contributiva. Adicionalmente, las pequeñas y medianas empresas podrán solicitar al SAT que comparta su información para que pueda ser empleada en la elaboración de calificaciones crediticias.

·         Se adoptaron diversas medidas para fortalecer el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF):
Ø  Se establece la actualización por inflación de la tarifa del ISR aplicable a los contribuyentes del RIF.

Ø  Se amplía el universo de contribuyentes que pueden participar al incluir a quienes obtienen ingresos por sueldos, salarios, intereses y arrendamientos, y a socios de cajas de ahorro y de sociedades cooperativas; así como a personas con familiares que tributan en el RIF.

Ø  Se permite la participación a quienes adquieren un negocio en marcha de un contribuyente de este régimen.

Ø  Se establece en ley el esquema conocido como “MicroRIF”, en el cual quedan exentos del IVA e IEPS por sus operaciones con el público en general aquellos contribuyentes del RIF con ingresos menores a 300 mil pesos anuales.

Ø  Se establece la obligación al SAT de publicar el listado de localidades sin acceso a servicios financieros, donde existen facilidades para la presentación de declaraciones.

·         Se establece un régimen fiscal para pequeños artesanos.

·         Con el fin de corregir distorsiones y facilitar el ajuste a las nuevas disposiciones fiscales se aprobaron las siguientes medidas específicas:
Ø  Se ajusta la definición de pequeño productor del sector primario para evitar que queden excluidos del beneficio de la exención del ISR aquellos pequeños productores que no obtienen ingresos exclusivamente de esta actividad.

Ø  Se otorgan facilidades de exención y comprobación a los ejidos y comunidades agrarias.

Ø  Se establece un estímulo complementario para la inversión en energías renovables y disposiciones para facilitar la inversión en generación de electricidad.

Ø  Se extiende a todos los sectores industriales el estímulo del diésel.

Ø  Se incrementa el límite de inversión en automóviles deducibles, de 130 mil a 175 mil pesos.

Ø  Se incrementa el límite global de las deducciones personales a 15% del ingreso total con un máximo de 5 salarios mínimos anuales.

Ø  Se excluye del límite global de las deducciones personales a los gastos médicos que realizan las personas por afectaciones incapacitantes.

Ø  Se reduce de 5 a 3 años el periodo en el que se puede aplicar la exención del ISR por los ingresos por venta de casa habitación.

·         Para combatir la erosión de la base gravable se establece un estándar para el intercambio automático de información de cuentas financieras, y obligaciones de reportes de información sobre precios de transferencia a empresas multinacionales grandes.

·         En materia de gasolinas y diésel, las modificaciones permiten garantizar una transición ordenada hacia un mercado liberalizado en 2018. Durante 2016 y 2017, sus precios se determinarán mediante una fórmula que refleje los precios de sus referencias internacionales. Asimismo, el impuesto existente se reformula, pasando de un impuesto variable a un monto fijo que permitirá que las reducciones en los precios internacionales se traduzcan en menores precios a los consumidores. Para garantizar que la liberación no resulte en variaciones abruptas en los precios, se establece que los precios se moverán dentro de una banda que, para 2016, acota a que los precios puedan bajar o subir en un monto equivalente a la inflación esperada, lo que garantiza que los precios no se incrementarán en términos reales.

·         Se establece que la Auditoría Superior de la Federación fiscalizará los proyectos de infraestructura de entidades federativas o municipios que fueron aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación pero que no estaban incluidos en el proyecto inicial.

Ley Federal de Derechos

Las modificaciones a la Ley Federal de Derechos incorporan cuotas por nuevos servicios, simplifican el marco fiscal y ajustan algunas cuotas de derechos para reflejar cambios legales. Se establecen derechos por el uso de distintas bandas del espectro radioeléctrico.
Ley de Ingresos de la Federación para 2016


Para el ejercicio fiscal de 2016, el H. Congreso de la Unión aprobó ingresos totales del sector público —sin considerar los recursos provenientes del financiamiento— por 4 billones 154 mil 633 millones de pesos. Este monto es mayor en 16 mil 928 millones de pesos respecto a la Iniciativa del Ejecutivo Federal, y resulta mayor en 0.2% en términos reales a lo aprobado para 2015.

Al incorporar los recursos provenientes de financiamiento, los recursos totales aprobados suman 4 billones 763 mil 874 millones de pesos, monto menor en 1.6% en términos reales a lo aprobado para 2015. Con respecto a la Iniciativa del Ejecutivo, el incremento en los recursos totales para 2016 se explica por lo siguiente:

Modificaciones a la Iniciativa de LIF 2016
- Cambios aprobados por el Congreso de la Unión -
Conceptos
Millones de pesos
I. Ingresos totales de la Iniciativa de LIF 2016
4,746,946
II. Incrementos aprobados por el Congreso de la Unión (1+2)
16,928
1. Mayores ingresos petroleros
21,632
2. Menores ingresos no petroleros
-4,704
III. Ingresos totales aprobados para 2016 (I+II)
4,763,874

Los ingresos petroleros aprobados son de 884 mil 440 millones de pesos, lo que implica una reducción real de 28.3% respecto a lo aprobado para 2015. Los ingresos tributarios no petroleros aprobados son de 2 billones 407 mil 206 millones de pesos,  un monto mayor en 18.7% real a lo aprobado para 2015.

El déficit del sector público presupuestario aprobado para 2016 es de 0.5% del PIB, sin incluir la inversión de alto impacto, presentando una reducción de 0.5% del PIB. Al igual que en 2015, no se considerará para la meta de balance un monto equivalente a 2.5% del PIB asociado a la inversión de las Empresas Productivas del Estado (EPEs), así como a proyectos de inversión con alto impacto social y económico o con fuentes de ingresos propios.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

El H. Congreso de la Unión aprobó dar un fin específico a los recursos provenientes de futuros remanentes de operación del Banco de México: al menos 70% de los recursos deberán utilizarse para liquidar anticipadamente o emitir menos deuda, mientras que los recursos restantes se deberán utilizar para robustecer el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP) o realizar inversiones que fortalezcan la posición financiera del Gobierno Federal.
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