+ Acciones preliminares se efectuaron el 29 y 30 de
julio pasado; y se revisa las obras y actividades que causaron la remoción de
Selva Baja y Mangle
+ En atención de una denuncia popular revisa situación
ambiental de 4 lotes situados en
terrenos forestales en la Supermanzana 6, malecón Cancún, Municipio de Benito
Juárez
+ Investigación continuará del 4 al 7 de agosto con
los trabajos de campo para completar la inspección al resto de lotes impactados
para imponer medidas correctivas
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) realizó los días 29 y
30 del pasado mes de julio, una
inspección en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo a obras en
el Malecón de Tajamar, ubicado en el municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.
En
atención de una denuncia popular presentada ante la remoción de vegetación de
selva baja y Mangle, sujetas a protección de acuerdo a la Ley General de
Desarrollo Forestal Sustentable y la Ley General de Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente, inspeccionó 4 lotes en dicho proyecto situado en
terrenos forestales.
Las
tareas preliminares destaca que los lotes 2 y 3 de la manzana 8 se
inspeccionaron en materia de impacto ambiental; y los predios 1 y 2 de la
manzana 11 se inspeccionaron por cambio de uso de suelo; todos ubicados en la Supermanzana
6, malecón Cancún, sección Malecón Tajamar, Municipio de Benito Juárez.
Durante
la visita de inspección a cargo de funcionarios de la Subprocuraduría de
Recursos Naturales e inspectores de la Delegación Federal de la PROFEPA en
dicha entidad, el responsable del proyecto denominado Malecón Cancún no exhibió
las autorizaciones correspondientes de ley.
La
solicitud formulada al promotor de la obra, el Fondo Nacional del Fomento al
Turismo (FONATUR), tuvo como objetivo conocer los permisos correspondientes en
materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales
expedidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
De
manera preliminar, el personal técnico de la PROFEPA determinó que para la
legalidad de las obras y actividades encontradas, éstas se condicionan de
manera obligatoria por la Autoridad Normativa Federal (SEMARNAT) con Términos y
Condicionantes Ambientales en ambas materias.
Lo anterior, precisaron, sin que al efecto fueran
proporcionados documentos tales como el Estudio Técnico Justificativo y los
Programas de Rescate de individuos bajo algún estatus de protección de acuerdo
a la Norma ecológica 059, así como el Programa de Prevención y Mitigación de
impactos, entre otros.
Cabe
resaltar que para cuantificar el daño ambiental, se levantaron sitios de
muestreo que aportaron datos técnicos sobre la afectación de especies
forestales, volúmenes de madera extraídos, superficies afectadas en los
ecosistemas de selva baja caducifolia y de manglar, así como los impactos
ambientales ocasionados.
Estas acciones, a criterio de la autoridad federal,
darán los elementos suficientes para la imposición de las Medidas de Seguridad
correspondientes.
Vale
recordar que la selva baja y el manglar son de suma importancia ecológica
debido a que constituyen una barrera natural para la protección de suelos,
agua, flora y fauna contra fenómenos meteorológicos como son los huracanes que
cada temporada afectan la península de Yucatán.
Asimismo, constituyen
zonas de anidación de aves y refugio de fauna como los cocodrilos e
iguanas que son especies en riesgo, sin omitir los servicios ambientales que
prestan por la permanencia de los ciclos hidrológicos.
A fin
de determinar la afectación ambiental de toda la zona, la PROFEPA continuará del 4 al 7 de agosto con los
trabajos de campo para completar la inspección al resto de lotes impactados por
cambio de uso de suelo ya que derivado de dichas acciones se impondrán medidas
correctivas de urgente aplicación tendientes a la restauración de los
ecosistemas.
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